En octubre de 2015, entró en vigor la Ley 42/2015, que modifica –entre otros aspectos- el plazo de prescripción del ejercicio de las acciones personales, que pasa de 15 años a 5, con la consiguiente modificación del articulo 1964 del Código Civil.
El régimen de prescripción de las obligaciones nacidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta modificación quedaría de la siguiente forma:
- Obligaciones nacidas antes de 2005: estarían prescritas.
- Obligaciones nacidas entre 2005-2015: prescriben, a muy tardar, en 2020.
- Obligaciones nacidas a partir de 2015: la acción prescribe a los 5 años.
Por ello, desde CREDILEX animamos a todos los empresarios a que revisen el estado de sus deudas e impagos para evitar sorpresas no deseadas en el momento de reclamarlas.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10727