¿Qué son los contratos de Joint Venture?
¿Qué ventajas proporciona este tipo de alianzas a las empresas?
En anteriores posts, hemos realizado un repaso sobre la fusión de sociedades internacionales y otros métodos para establecer alianzas empresariales. En esta ocasión, vamos a mostrarte otra de las alternativas existentes: los contratos de Joint Venture.
El término Joint Venture se utiliza para definir una asociación estratégica temporal, a medio o largo plazo, entre dos o más empresas que persigue la consecución de unos objetivos conjuntos.
Todas las empresas participantes siguen manteniendo su autonomía e independencia jurídica, pero actúan unidas bajo una misma dirección y normas, para llevar adelante una determinada operación comercial, donde se distribuyen las inversiones, el control, responsabilidades, personal, riesgos, gastos y beneficios.
¿Qué ventajas proporcionan las Joint Venture a las empresas?
Entre las ventajas más destacadas para las empresas que apuesta por este tipo de contratos son la responsabilidad compartida y la minimización de riesgos. Al tratarse de una colaboración entre varias empresas, si los objetivos no se cumplen la responsabilidad recae en todos los miembros del acuerdo.
Otro de los puntos fuertes, es el hecho de que los recursos de las empresas son compartidos. De esta manera, cualquier tipo de recurso, desde los financieros hasta humanos o tecnológicos pasan a ser comunes. Esto supone un gran punto a favor para las compañías ya que serán más competitivas y favorecen la productividad.
Por otro lado, los contratos de Joint Venture facilitan la apertura hacia nuevos mercados la ampliación de las operaciones comerciales que realizan las compañías, sobre todo en el caso de que la alianza se forma entre empresas que pertenecen a países o sectores distintos.
¿Qué tipos de contratos de Joint Venture existen?
- Alianzas estratégicas: No es obligatorio realizar un aporte económico, pero cada miembro del acuerdo deberá aportar sus recursos y conocimientos al servicio de un fin colectivo.
- Coinversión: Todas las partes realizan un aporte monetario o de bienes, con el objetivo de obtener mayores utilidades de las que pudieran alcanzarse individualmente, a través de la incorporación de nuevos mercados y economías de escala.
- Contractual o Non-Equity Joint Ventures: Las partes implicadas realizan una actividad en común, establecen acuerdos de colaboración regulados sin crear una nueva sociedad.
Equity Joint Ventures: Los participantes en el acuerdo crean una nueva sociedad con personalidad jurídica propia.